Cese a petición propia o involuntario: el matiz legal que permite a Mónica Oltra cobrar el paro
Un diputado denuncia ante el TSJ la fórmula empleada en el decreto firmado por Ximo Puig que dispuso la salida de la exvicepresidenta valenciana
La normativa del Ministerio de Trabajo permite a Mónica Oltra cobrar 1.300 euros de paro
Imagen de archivo de la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltra
La Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 264 que «estarán comprendidos en la protección por desempleo, siempre que tengan previsto cotizar por esta contingencia, los altos cargos de las administraciones públicas con dedicación exclusiva que sean retribuidos por ello y no sean funcionarios públicos».
Esta normativa ha permitido que la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltrapueda cobrar el paro tras abandonar el Gobierno que preside Ximo Puig. En concreto, más de 1.300 euros al mes, según desveló la dirigente de Compromís en una entrevista en La Sexta.
Sin embargo, la Ley General de la Seguridad Social incluye un matiz relevante en su artículo 267, en el que indica que se encontrarán en situación legal de desempleo los altos cargos de de las administraciones públicas cuando «se produzca el cese involuntario y con carácter definitivo».
Mónica Oltra ha sostenido públicamente que decidió dimitir de sus cargos como vicepresidenta de la Generalitat, consellera de Igualdad, portavoz y secretaría del Ejecutivo autonómico. Sin embargo, el 29 de junio el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicó el decreto firmado por Ximo Puig en el que disponía el «cese» de Oltra. En el caso de otros consellers que anunciaron su dimisión esta legislatura, como Vicent Marzà, se utilizó la misma expresión del cese sin más matices.
Precedentes de ceses «a petición propia»
Esta fórmula contrasta con la empleada en DOGV del 10 de septiembre de 2021, cuando la resolución concretaba disponer el «cese a petición propia» del hasta entonces vicepresidente segundo y conseller de Vivienda, Rubén Martínez Dalmau.
Además del que fuera dirigente de Podemos, en los decretos en los que se dispuso el cese de otros altos cargos de la Generalitat se concretó que era «a petición propia». Entre ellos, la exconsellera de Sanidad Carmen Montón, quien abandonó en 2018 el Ejecutivo de Puig para ser ministra del ramo.
Esta diferencia resulta clave para el diputado autonómico Vicente Fernández, quien este lunes presentó una denuncia en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) contra Puig y Oltra. El parlamentario, que pertenece al grupo de los no adscritos, considera que ambos pudieron cometer posibles delitos de «prevaricación y malversación». Argumenta al respecto que los altos cargos tienen derecho al paro, como cualquier ciudadano, pero siempre y cuando cumplen los requisitos que exige la Ley de la Seguridad Social y la normativa que regula la prestación por desempleo específica.
Vicente Fernández sostiene que la legislación excluye de esa prestación a quien abandone voluntariamente el puesto de trabajo, como en su opinión fue en el caso de Mónica Oltra, y ha alertado además de que su cese «posiblemente haya comportado el cobro de una indemnización de tres meses de sueldo íntegro, a la que por su dimisión tampoco tendría derecho».
Según la denuncia, la dirigente de Compromís cobra una prestación «a la que legalmente no tendría derecho por dimisión voluntaria», utilizando una vía legal «equivalente a extinguir su relación como alto cargo por decisión del presidente de la Generalitat».
La propia Mónica Oltra explicó en la entrevista en La Sexta adjuntada en la denuncia ante el TSJ que dimitió para «salvaguardar» la coalición en la Generalitat Valenciana y que el PSPV-PSOE no gobernara en solitario.
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